Compendio de Derecho Constitucional - Capítulo 12 - Resumen
La libertad de contratar
El contrato y la autonomía de la voluntad: Espacios y límites
* comprendida entre los derechos implícitos
* aspectos:
1) derecho a decidir si se va a contratar o no
2) derecho a elegir con quién contratar
3) derecho a regular el contenido del contrato (autonomía de la voluntad)
* autonomía de la voluntad: Fuente No Estatal de producción jurídica.
* según el ámbito en el cual o sobre el cual se contrata, la presencia reglamentaria del estado se vuelve razonable
* se admite toda limitación razonable impuesta por el orden público, la moral pública, los derechos de terceros, la seguridad pública o las relaciones propias del derecho de familia
* la intervención del estado en los contratos se mueven dos esferas:
1) con carácter permanente y anticipado (pone Marcos ella autonomía de la voluntad)
2) con carácter excepcional y transitorio, en situaciones de emergencia, con un doble efecto, según él contra celebrado antes (y encurso de ejecución) o después de la emergencia
* en un contrato en curso de cumplimiento, la retroactividad de una ley posterior corre riesgo d ser inconstitucional, salvo que se trate de emergencia real y, en ese caso, no disminuya prestaciones debidas. Que puedan prorrogarse plazos o congelarse precios
Jurisprudencia de la corte
* 1960: Obligó a incluir números vivos Durante los espectáculos cinematográficos dijo que era constitucional la medida (los cines tuvieron que contratar a quiénes hacían los números en vivo y tuvieron que adecuar los escenarios)
* 1968 : Respecto de la ley 16507 te obligó a reincorporar personal cesante en entidades bancarias y similares, la corte constitucional respecto de la imposición de obligaciones que no existían a la fecha de la cesantía
Históricamente, en épocas de emergencia prima no ha dejado que prosperen las objeciones de inconstitucionalidad.
* 1990: Caso Peralta - admitió un decreto de necesidad y urgencia por cuya aplicación se convirtieron los depósitos a plazo fijo en títulos públicos
* 2002/3: La corte respeta el derecho de propiedad frente a la normativa que transformó a pesos los créditos contraídos en dólares estadounidenses (ante la pérdida de valor real de la moneda se salvaguarda en derecho de propiedad permitiendo o reajuste dinerario)
* teoría de la imprevisión: Los jueces pueden revisar los contratos cuando haya cambios sustanciales de las condiciones de sus cláusulas y que esos cambios no hayan podido ser previstos y hayan alterado el cumplimiento del contrato
El contrato y la autonomía de la voluntad: Espacios y límites
* comprendida entre los derechos implícitos
* aspectos:
1) derecho a decidir si se va a contratar o no
2) derecho a elegir con quién contratar
3) derecho a regular el contenido del contrato (autonomía de la voluntad)
* autonomía de la voluntad: Fuente No Estatal de producción jurídica.
* según el ámbito en el cual o sobre el cual se contrata, la presencia reglamentaria del estado se vuelve razonable
* se admite toda limitación razonable impuesta por el orden público, la moral pública, los derechos de terceros, la seguridad pública o las relaciones propias del derecho de familia
* la intervención del estado en los contratos se mueven dos esferas:
1) con carácter permanente y anticipado (pone Marcos ella autonomía de la voluntad)
2) con carácter excepcional y transitorio, en situaciones de emergencia, con un doble efecto, según él contra celebrado antes (y encurso de ejecución) o después de la emergencia
* en un contrato en curso de cumplimiento, la retroactividad de una ley posterior corre riesgo d ser inconstitucional, salvo que se trate de emergencia real y, en ese caso, no disminuya prestaciones debidas. Que puedan prorrogarse plazos o congelarse precios
Jurisprudencia de la corte
* 1960: Obligó a incluir números vivos Durante los espectáculos cinematográficos dijo que era constitucional la medida (los cines tuvieron que contratar a quiénes hacían los números en vivo y tuvieron que adecuar los escenarios)
* 1968 : Respecto de la ley 16507 te obligó a reincorporar personal cesante en entidades bancarias y similares, la corte constitucional respecto de la imposición de obligaciones que no existían a la fecha de la cesantía
Históricamente, en épocas de emergencia prima no ha dejado que prosperen las objeciones de inconstitucionalidad.
* 1990: Caso Peralta - admitió un decreto de necesidad y urgencia por cuya aplicación se convirtieron los depósitos a plazo fijo en títulos públicos
* 2002/3: La corte respeta el derecho de propiedad frente a la normativa que transformó a pesos los créditos contraídos en dólares estadounidenses (ante la pérdida de valor real de la moneda se salvaguarda en derecho de propiedad permitiendo o reajuste dinerario)
* teoría de la imprevisión: Los jueces pueden revisar los contratos cuando haya cambios sustanciales de las condiciones de sus cláusulas y que esos cambios no hayan podido ser previstos y hayan alterado el cumplimiento del contrato
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