Compendio de Derecho Constitucional - Capítulo 9 - Resumen
La libertad de expresión
Encuadre constitucional evolutivo y sus contenidos
* es una exteriorización de libertad de pensamiento
* libertad de expresión:
1) todos los medios de los que hoy disponemos para expresarnos
2) hacer puente con el derecho a buscar, recibir, transmitir y difundir información
* comunicación social: Bien jurídico de naturaleza colectiva
* reforma del 94 : Artículo 75, investigación y desarrollo científico y tecnológico, libre creación y circulación de las obras del autor, patrimonio artístico y espacios culturales y audiovisuales (inc 19), derecho a una educación intercultural (inc 17).
* artículo 38: Acceso a la información pública y la difusión pública de sus ideas
* artículo 41: Información y educación ambientales
* artículo 42: Educación para el consumo
* pacto de San José de Costa Rica y pacto internacional de derechos civiles y políticos: Libertad de prensa (art 14) - -> se aplica a todas las formas y los medios de expresión las mismas prohibiciones emergentes de la constitución en relación con la censura previa
* tiene tres aspectos:
1) derecho personal
2) como proyección social e institucional, a través de los medios masivos
3) naturaleza empresaria y lucrativa
* manifestaciones:
1) derecho a no expresarse (derecho al silencio)
2) cláusula de conciencia de los periodistas
3) secreto profesional
4) reserva de las fuentes de información
5) libertad de creación artística
6) expresión cinematográfica
7) contenidos humorísticos, cómicos, de entretenimiento: derecho a expresarse y publicarse
8) publicidad comercial
9) derecho de rectificación y respuesta
10) libertad de expresión simbólica
11) expresión oral
12) expresión teatral
Jurisprudencia de la corte
El derecho a réplica (rectificación y respuesta)
- en caso de un informe agraviante inexacto respecto de una persona, hay que darle oportunidad para Que responda o rectifique a través del mismo medio. De no ser así, el público que recibió el informe inexacto o agraviante oye una sola campana y su queda incompleta. (1992 - Ekmekdjian vs Sofovich)
La censura
- art 14: Prohíbe la censura previa. Los tratados de Derechos Humanos equipararon todos los medios de expresión. Todos ellos quedan en pie de igualdad con la prohibición de censura previa respecto de clase de material de expresión información.
- no exime de responsabilidades ulteriores penales o civiles por las expresiones vertidas públicamente
- fallo de la corte “Campillay vs La Razón y otros" 1986: La responsabilidad reparatoria no existe si el medio de comunicación ante él cual una persona se siente afectada, ha citado la fuente de la cual tomó la noticia o el informe difundido, o si ha omitido individualizar el nombre o la identidad de dicha persona o si ha utilizado un tiempo de verbo potencial
La doctrina de la real malicia
Corte de Estados Unidos: Funcionarios públicos o personas jurídicas afectados publicación o la cronica fue realizada con real malicia, es decir, con conocimiento de que lo que se difundía era falso, o con desinterés temerario por averiguar si la información era falsa o no.
El artículo 14
* derecho de publicar ideas, según:
1) para el autor:
a) frente al estado: Inmunidad de censura
b) frente al periódico: Pretensión de publicación ( el diario no está obligado a publicar)
c) si decide publicar: Inmunidad de alteración
2) para el periódico (propietario o Editor):
a) frente al estado: Inmunidad de censura
b) frente al autor: Libertad para Publicar o no publicar (salvo derecho a réplica)
Para la jurisprudencia de la corte la libertad de prensa es una de las que posee mayor entidad constitucional
Los tratados con jerarquía constitucional
* pacto de San José de Costa Rica: Amplia cobertura a la libertad de expresión, información y comunicación a través de todos los medios. Se prohíbe la censura previa y consagra el derecho de rectificación y respuesta
* pacto internacional de derechos civiles y políticos: Protege ampliamente la libertad de expresión, prohíbe toda propaganda a favor de la guerra y toda apología al odio
* convención sobre los derechos del niño y la convención sobre discriminación racial: Libertad de expresión, obliga a declarar punible la difusión de ideas basadas en la superioridad o el odio racial
El artículo 32
* el congreso no puede dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta
* se puede una reglamentación legal razonable
* por eso puede incluir en el código penal incriminaciones y sanciones a delitos cometidos por medio de la prensa
* “imprenta”: Expresión por medio de la radio la televisión y el cine, entre otros
Jurisprudencia
- antes se pensaba que que la legislación sobre imprenta no podía ser aplicada por tribunales federales
- 1932 cambio importante: Se admite la jurisdicción de los tribunales federales con carácter excepcional en caso de delitos contra el estado Federal, el Gobierno Federal, su seguridad, a sus integrantes y cada vez que está en juego un bien jurídico de naturaleza Federal tutelado
- 1970: Fallo de la corte “batalla, eduardo j.” - el congreso legisla en el código penal sobre delitos comunes con independencia del medio empleado, y el juzgamiento corresponderá a jueces federales o locales según la jurisdicción que sea procedente
Según bidart Campos, el congreso está habilitado para dictar leyes que reglamenten razonablemente la libertad de prensa (art 14 y 28) y para crear delitos que se pueden cometer por medio de la prensa, incluyendolos en la legislación penal uniforme para todo el país (art 75 Inc 12). Las provincias no.
Encuadre constitucional evolutivo y sus contenidos
* es una exteriorización de libertad de pensamiento
* libertad de expresión:
1) todos los medios de los que hoy disponemos para expresarnos
2) hacer puente con el derecho a buscar, recibir, transmitir y difundir información
* comunicación social: Bien jurídico de naturaleza colectiva
* reforma del 94 : Artículo 75, investigación y desarrollo científico y tecnológico, libre creación y circulación de las obras del autor, patrimonio artístico y espacios culturales y audiovisuales (inc 19), derecho a una educación intercultural (inc 17).
* artículo 38: Acceso a la información pública y la difusión pública de sus ideas
* artículo 41: Información y educación ambientales
* artículo 42: Educación para el consumo
* pacto de San José de Costa Rica y pacto internacional de derechos civiles y políticos: Libertad de prensa (art 14) - -> se aplica a todas las formas y los medios de expresión las mismas prohibiciones emergentes de la constitución en relación con la censura previa
* tiene tres aspectos:
1) derecho personal
2) como proyección social e institucional, a través de los medios masivos
3) naturaleza empresaria y lucrativa
* manifestaciones:
1) derecho a no expresarse (derecho al silencio)
2) cláusula de conciencia de los periodistas
3) secreto profesional
4) reserva de las fuentes de información
5) libertad de creación artística
6) expresión cinematográfica
7) contenidos humorísticos, cómicos, de entretenimiento: derecho a expresarse y publicarse
8) publicidad comercial
9) derecho de rectificación y respuesta
10) libertad de expresión simbólica
11) expresión oral
12) expresión teatral
Jurisprudencia de la corte
El derecho a réplica (rectificación y respuesta)
- en caso de un informe agraviante inexacto respecto de una persona, hay que darle oportunidad para Que responda o rectifique a través del mismo medio. De no ser así, el público que recibió el informe inexacto o agraviante oye una sola campana y su queda incompleta. (1992 - Ekmekdjian vs Sofovich)
La censura
- art 14: Prohíbe la censura previa. Los tratados de Derechos Humanos equipararon todos los medios de expresión. Todos ellos quedan en pie de igualdad con la prohibición de censura previa respecto de clase de material de expresión información.
- no exime de responsabilidades ulteriores penales o civiles por las expresiones vertidas públicamente
- fallo de la corte “Campillay vs La Razón y otros" 1986: La responsabilidad reparatoria no existe si el medio de comunicación ante él cual una persona se siente afectada, ha citado la fuente de la cual tomó la noticia o el informe difundido, o si ha omitido individualizar el nombre o la identidad de dicha persona o si ha utilizado un tiempo de verbo potencial
La doctrina de la real malicia
Corte de Estados Unidos: Funcionarios públicos o personas jurídicas afectados publicación o la cronica fue realizada con real malicia, es decir, con conocimiento de que lo que se difundía era falso, o con desinterés temerario por averiguar si la información era falsa o no.
El artículo 14
* derecho de publicar ideas, según:
1) para el autor:
a) frente al estado: Inmunidad de censura
b) frente al periódico: Pretensión de publicación ( el diario no está obligado a publicar)
c) si decide publicar: Inmunidad de alteración
2) para el periódico (propietario o Editor):
a) frente al estado: Inmunidad de censura
b) frente al autor: Libertad para Publicar o no publicar (salvo derecho a réplica)
Para la jurisprudencia de la corte la libertad de prensa es una de las que posee mayor entidad constitucional
Los tratados con jerarquía constitucional
* pacto de San José de Costa Rica: Amplia cobertura a la libertad de expresión, información y comunicación a través de todos los medios. Se prohíbe la censura previa y consagra el derecho de rectificación y respuesta
* pacto internacional de derechos civiles y políticos: Protege ampliamente la libertad de expresión, prohíbe toda propaganda a favor de la guerra y toda apología al odio
* convención sobre los derechos del niño y la convención sobre discriminación racial: Libertad de expresión, obliga a declarar punible la difusión de ideas basadas en la superioridad o el odio racial
El artículo 32
* el congreso no puede dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta
* se puede una reglamentación legal razonable
* por eso puede incluir en el código penal incriminaciones y sanciones a delitos cometidos por medio de la prensa
* “imprenta”: Expresión por medio de la radio la televisión y el cine, entre otros
Jurisprudencia
- antes se pensaba que que la legislación sobre imprenta no podía ser aplicada por tribunales federales
- 1932 cambio importante: Se admite la jurisdicción de los tribunales federales con carácter excepcional en caso de delitos contra el estado Federal, el Gobierno Federal, su seguridad, a sus integrantes y cada vez que está en juego un bien jurídico de naturaleza Federal tutelado
- 1970: Fallo de la corte “batalla, eduardo j.” - el congreso legisla en el código penal sobre delitos comunes con independencia del medio empleado, y el juzgamiento corresponderá a jueces federales o locales según la jurisdicción que sea procedente
Según bidart Campos, el congreso está habilitado para dictar leyes que reglamenten razonablemente la libertad de prensa (art 14 y 28) y para crear delitos que se pueden cometer por medio de la prensa, incluyendolos en la legislación penal uniforme para todo el país (art 75 Inc 12). Las provincias no.
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