Compendio de Derecho Constitucional - Capítulo 11 - Resumen
El derecho de asociarse
La libertad de asociación y sus contenidos
* artículo 14: “asociarse con fines útiles” (utilidad) debe ser un fin que no sea dañino para el bien común (neutro o inofensivo)
* toda persona tiene Libertad para:
1) formar una asociación
2) ingresar a una asociación ya existente
3) no Ingresar a una asociación determinada
4) dejar de pertenecer a una asociación
* derecho de la asociación: Implica reconocerle estatus jurídico y una zona de libertad jurídicamente relevante exenta de interferencias arbitrarias del estado - -> puede haber revisión judicial
El estado reconoce en su ordenamiento:
* personas jurídicas de derecho público: Pueden ser estatales y no estatales
* asociaciones profesionales o sindicales con personalidad gremial
* extraterritorialidad de personas jurídicas extranjeras
* partidos políticos - artículo 38
* asociaciones de consumidores y usuarios - artículo 42
* asociaciones que propendan a los fines que el artículo 43 protege mediante la viabilidad del Amparo
* Pueblos indígenas - artículo 75 inciso 17
Así como para la persona física todo lo que no le está prohibido le queda permitido, para las asociaciones rige la regla de la especialidad: Tienen capacidad para todo cuanto se haya comprendido en sus fines propios (reconocido por la Constitución nacional y por el código civil y comercial)
* asociación: Sujeto activo de la libertad jurídica. Dispone de :
1) estatus jurídico: Capacidad de derecho
2) poder de disposición: Para realizar actos jurídicamente relevantes para el fin propio
3) área de libertad jurídica inofensiva (autonomía)
4) lo que no está prohibido está permitido (regla de la especialidad)
5) poder disciplinario sobre sus miembros o afiliados
La libertad de asociación sindical
* libertad sindical: Artículo 14 bis - la organización sindical libre y democrática es reconocida por la simple inscripción en un registro especial
* pluralismo sindical
* también rige el derecho de no asociarse: Es inconstitucional toda Norma que obliga a los trabajadores no agremiados a pagar una cuota sindical
* las asociaciones sindicales pueden ser:
- meramente inscriptas
- con personería gremial
* corte Suprema de Justicia - sentencia de 1967 - “Outon, Carlos J. Y otros" - rechaza la unco activa como lesiva del derecho de afiliarse, de no afiliarse pide desafiliarse
* distinta es la colegiación obligatoria, felices sueños ya que el colegio público tiene a su cargo la matriculación profesional dominada por el estado mediante ley así como el control de una actividad con proyecciones públicas, contraseña por lo que no es derecho colegiarse o no colegiarse sino una obligación ( ferrari, alejandro j. c/ estado nacional - 1986)
* 1988 - comisión Interamericana de Derechos Humanos: La libre asociación no resulta lesionada por la colegiación obligatoria de los abogados
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